En una sociedad moderna, el orden jurídico estatal existe para permitir el pleno desarrollo de las personas, respetando y protegiendo sus derechos fundamentales. En Chile el Estado Democrático de Derecho tiene su fuente en la Constitución Política de la República, complementada por los tratados internacionales en aquellas materias referidas a los derechos que emanan de la naturaleza humana. Nuestra organización republicana reconoce la separación de poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, cada cual con sus funciones principales, pero también admite la existencia de algunos vínculos entre dichas esferas potestativas. Para el adecuado funcionamiento de los cuerpos armados se requiere una normativa que establezca su estructura, atribuciones y funciones, y que, obviamente, regule la conducta de sus integrantes, para que se puedan satisfacer los fines constitucionales previstos para el órgano. Creemos que esta finalidad no puede ser alcanzada por medio de las tradicionales ramas del derecho público, dada la especialidad de la función castrense. Por ello postulamos que se requiere el reconocimiento de un orden jurídico especial, el orden jurídico militar.